El Gobierno de Mendoza avanzó en la recuperación de una vivienda perteneciente al Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) mediante la aplicación de un mecanismo legal que permite solicitar la restitución de inmuebles cuya adjudicación fue dejada sin efecto. La medida se encuadró en el procedimiento monitorio de desalojo contemplado en el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de la provincia, a partir de los cambios incorporados por la Ley 9715.
La resolución judicial se dictó el 8 de octubre de 2026. En esa oportunidad, el Tribunal de Gestión Asociada de Paz Primero hizo lugar a la demanda presentada por el organismo provincial contra los beneficiarios de la vivienda, luego de que la adjudicación del inmueble quedara sin efecto.
La Justicia avaló la restitución de la propiedad
Para resolver el caso, el tribunal evaluó los antecedentes presentados y determinó que se encontraban cumplidos los requisitos legales necesarios para avanzar con la devolución de la propiedad al IPV.
Entre los elementos considerados figuraron el acto administrativo mediante el cual se revocó la adjudicación, las notificaciones correspondientes y el requerimiento formal del organismo para que el inmueble fuera restituido.
La decisión permitió continuar con el proceso de recuperación de la vivienda, en el marco de las herramientas que establece la legislación provincial para este tipo de situaciones.
Qué establece la Ley 9715 para recuperar viviendas del IPV
La normativa provincial incorporó una vía específica para gestionar la restitución de inmuebles pertenecientes al Instituto Provincial de la Vivienda cuando su adjudicación fue revocada mediante un acto administrativo del organismo.
Este mecanismo permite recurrir al procedimiento monitorio de desalojo cuando se cumplen las condiciones previstas por la legislación vigente. De esta manera, el IPV dispone de una herramienta judicial para avanzar en la recuperación de propiedades cuya adjudicación fue dejada sin efecto.
La aplicación de este procedimiento se vincula con la necesidad de que el organismo pueda recuperar la posesión de los inmuebles en los casos contemplados por la ley, siguiendo los pasos administrativos y judiciales correspondientes.
El IPV recibió las llaves de la vivienda
El proceso concluyó con la entrega de las llaves del inmueble, una instancia que permitió al Instituto Provincial de la Vivienda recuperar efectivamente la posesión de la propiedad.
Con esta medida, el organismo pudo avanzar en las acciones relacionadas con la administración de su patrimonio habitacional, de acuerdo con sus competencias y con los procedimientos establecidos por la normativa provincial.
La restitución representó la concreción del proceso iniciado para recuperar la vivienda, luego de la revocación de su adjudicación y de la intervención de la Justicia.
Un antecedente para futuros procesos de recuperación
El caso constituyó una aplicación concreta de la herramienta legal incorporada por la Ley 9715 y dejó un antecedente para la actuación del IPV en procedimientos destinados a recuperar inmuebles.
La utilización de esta vía permite al organismo solicitar judicialmente la restitución de viviendas cuando se cumplen los requisitos establecidos, a partir de una adjudicación que fue dejada sin efecto mediante una decisión administrativa.
De este modo, la recuperación concretada en Mendoza mostró cómo el procedimiento previsto en la legislación provincial puede utilizarse para restituir la posesión de una propiedad al Instituto Provincial de la Vivienda, una vez cumplidas las instancias legales correspondientes.





