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Sociedad

Mendoza creó una oficina para ayudar a consumidores sobreendeudados

La Dirección de Defensa del Consumidor puso en marcha una nueva instancia administrativa, gratuita y voluntaria para acompañar a personas con graves dificultades económicas y facilitar acuerdos con sus acreedores.

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Redacción Mendoza
PorRedacción Mendoza
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5 octubre 2026 · 20:00
Mendoza creó una oficina para acompañar a consumidores en situaciones de sobreendeudamiento.Foto Prensa Gobierno de Mendoza.
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La provincia de Mendoza creó una nueva herramienta destinada a asistir a consumidores que atravesaban situaciones de sobreendeudamiento y tenían dificultades para afrontar sus obligaciones financieras. A través de la Resolución 384, la Dirección de Defensa del Consumidor estableció la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC).

La nueva oficina tuvo como objetivo prevenir, sanear y, cuando correspondiera, reestructurar deudas de consumo de personas que atravesaban dificultades económicas o financieras graves y que podían poner en riesgo la cobertura de sus necesidades básicas o las de su grupo familiar.

La intervención de la OCDC fue establecida como administrativa, prejudicial, gratuita y voluntaria. Su propósito consistió en generar un espacio de diálogo entre los consumidores y sus acreedores para intentar alcanzar acuerdos que permitieran sanear o reestructurar las obligaciones pendientes.

El sobreendeudamiento pudo originarse por diferentes circunstancias, entre ellas una reducción de los ingresos, la pérdida del empleo, una enfermedad, una separación familiar o modificaciones en la situación económica. Frente a estos escenarios, la nueva oficina buscó ofrecer un ámbito institucional para evaluar cada caso y encontrar alternativas antes de que las dificultades financieras se profundizaran.

El procedimiento no reemplazó las instancias judiciales contempladas por la legislación nacional ni los mecanismos previstos por las normas de defensa del consumidor. Se trató de una instancia administrativa destinada a facilitar soluciones consensuadas entre las partes.

Durante el proceso de implementación, el ministro Natalio Mema explicó que la creación de esta herramienta buscaba acompañar a los consumidores durante ese período de transición y rescatar a la mayor cantidad posible de personas que mantenían voluntad de pago.

Mema también señaló que la expansión del sistema financiero y el acceso de más personas al crédito constituían aspectos positivos, aunque advirtió que ese proceso también había generado dificultades. En ese sentido, sostuvo que durante el año anterior, en el contexto electoral, las tasas habían aumentado considerablemente y muchas personas habían tomado financiamiento bajo condiciones que posteriormente les resultaban difíciles de afrontar.

Quiénes pueden acceder a la OCDC

La Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo estaba destinada a personas con domicilio real en Mendoza que fueran consumidores finales y hubieran contraído obligaciones financieras dentro de una relación de consumo.

Para iniciar el procedimiento, los solicitantes debían encontrarse en una situación grave o inminente de insolvencia personal o familiar. Como referencia, la resolución estableció que los compromisos financieros debían superar el 30% de los ingresos mensuales netos del grupo familiar conviviente.

Ese porcentaje se reducía al 25% en situaciones consideradas de especial vulnerabilidad social. Dentro de este grupo se contemplaban hogares con menores a cargo, personas con discapacidad, jubilados o pensionados que percibieran el haber mínimo, desempleados, beneficiarios de programas sociales y trabajadores informales.

La intervención estaba orientada a situaciones en las que todavía resultara posible evitar una insolvencia o un quebranto total mediante un proceso de saneamiento o reestructuración de las obligaciones.

La directora de Defensa del Consumidor, Mónica Lucero, destacó que se había impulsado un servicio gratuito y voluntario para mediar entre consumidores sobreendeudados y proveedores antes de que el conflicto llegara a la Justicia. También remarcó que el organismo buscaba relevar las causas del sobreendeudamiento y promover herramientas de educación financiera para proteger y acompañar a los consumidores mendocinos.

La funcionaria explicó además que la intención era generar un encuentro entre las partes, es decir, entre el consumidor y los proveedores, sin necesidad de llegar todavía a una acción judicial.

Qué deudas pueden incluirse

La OCDC podía intervenir sobre distintos tipos de obligaciones originadas en relaciones de consumo. Entre ellas se encontraban:

  • Tarjetas de crédito.
  • Préstamos personales.
  • Financiamiento comercial destinado al consumo.
  • Créditos otorgados por proveedores no financieros.
  • Plataformas financieras digitales legalmente autorizadas.
  • Créditos otorgados por mutuales y cooperativas.
  • Otras modalidades de financiamiento destinadas al consumo.

El procedimiento podía involucrar a bancos y otras entidades financieras, emisores de tarjetas de crédito, entidades no bancarias, fideicomisos financieros, cesionarios de créditos de consumo y otros proveedores que otorgaran créditos destinados al consumo de manera habitual y con autorización legal.

Sin embargo, la oficina no alcanzaba a las deudas garantizadas mediante hipoteca, las obligaciones alimentarias, las multas y sanciones penales, ni las deudas relacionadas con actividades empresariales o comerciales que fueran ajenas al consumo familiar.

También quedaban excluidas aquellas obligaciones cuyo capital total superara los 100 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes al momento de solicitar la intervención.

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Cómo se realiza el trámite

El procedimiento debía comenzar a pedido del consumidor. Para hacerlo, el solicitante tenía que acreditar la relación de consumo que había originado las deudas, presentar un listado de sus acreedores con sus respectivos domicilios y los montos adeudados, incorporar un estado actualizado de sus activos y pasivos y aportar la documentación adicional que pudiera requerir la oficina.

Una vez presentada la solicitud, la Dirección de Defensa del Consumidor debía citar a los acreedores. Estos contaban con un plazo máximo de 10 días hábiles para informar la existencia y el origen de la deuda, su monto actualizado, el estado de las obligaciones y, cuando correspondiera, la existencia de procesos judiciales en trámite.

Posteriormente, se convocaba a una audiencia de conciliación con el objetivo de alcanzar una solución entre las partes. Dentro de los acuerdos podían contemplarse quitas, períodos de espera y distintas alternativas de refinanciación.

Durante el desarrollo de la instancia conciliatoria quedaba suspendida temporalmente la aplicación de intereses punitorios y cargos por mora. Además, debían detenerse las medidas extrajudiciales compulsivas de cobro y no podía agravarse la calificación crediticia del consumidor mientras se desarrollaba el procedimiento.

Educación financiera y prevención

La creación de la OCDC también contempló acciones vinculadas con la prevención del sobreendeudamiento. Por ese motivo, la Dirección de Defensa del Consumidor promovería junto con el Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y la Dirección General de Escuelas programas vinculados con educación financiera y consumo responsable.

Las personas que ingresaran al procedimiento de reestructuración debían participar de estas instancias. El objetivo era que incorporaran herramientas para mejorar la administración de sus recursos y evitar que volvieran a atravesar situaciones de sobreendeudamiento.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución N.º 384, que estableció el marco de funcionamiento de la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo y sus mecanismos de intervención ante situaciones de dificultades financieras de los consumidores mendocinos.

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