La provincia de Mendoza puso en marcha un nuevo marco normativo para el empleo estatal luego de que la Legislatura aprobara una reforma al Estatuto del Empleado Público. La sesión de este martes en la Cámara de Senadores terminó igualada en 19 votos a favor y 19 en contra, situación que obligó a la vicegobernadora Hebe Casado a ejercer su voto de desempate, inclinando la balanza en favor del oficialismo.
La iniciativa, impulsada por el gobernador Alfredo Cornejo, ya contaba con media sanción en Diputados. El texto reemplaza parcialmente disposiciones vigentes desde 1973 y, según el oficialismo, busca aggiornar un régimen que había quedado desfasado por los cambios en áreas como educación, salud y seguridad, además de la jurisprudencia tanto de la Corte Suprema nacional como de la Suprema Corte mendocina.
El presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, Walther Marcolini, defendió la propuesta al señalar que su objetivo es “ordenar y clarificar” un esquema legal con más de cinco décadas de vigencia. La votación reflejó una fuerte división política: el oficialismo respaldó el proyecto bajo el liderazgo de Natacha Eisenchlas, mientras que en la vereda opuesta se posicionaron Ariel Pringles, Flavia Manoni y Germán Vicchi (Unión Mendocina), Dugar Chappel (Partido Verde), Armando Magistretti (Partido Demócrata-Libertad Avanza) y Adriana Cano (Justicialista).
Los puntos centrales de la reforma
Entre los cambios más relevantes se encuentra la incorporación formal del personal interino, figura que hasta ahora existía solo de hecho. Estos trabajadores tendrán una “estabilidad impropia”, inspirada en la Ley de Contrato de Trabajo, distinta de la protección plena reservada para el personal concursado y efectivo.
Las indemnizaciones también fueron revisadas. Mientras que antes podían alcanzar entre el 150% y el 200% del salario anual, ahora se fijarán en un 100% de la remuneración por cada año de antigüedad, con un límite máximo de 30 días de liquidación. Además, el cálculo se hará únicamente sobre períodos de empleo con aportes previsionales, dejando afuera contratos por locación de servicios o equivalentes autónomos.
En materia disciplinaria, la nueva normativa diferencia con mayor precisión las sanciones graves de las leves. Se fortalece el derecho de defensa en los casos de cesantía o exoneración, pero se elimina la posibilidad de judicializar penalidades menores. Asimismo, se derogaron mecanismos de apelación considerados obsoletos y se adoptó el procedimiento administrativo previsto en la Ley 9003, que contempla un acceso posterior a instancias judiciales.
Otro aspecto simbólico de la reforma fue la eliminación del artículo 90, que contemplaba los llamados “cargos hereditarios”. Esta disposición habilitaba el traspaso de un puesto estatal a viudas o hijos en caso de fallecimiento del titular. Su derogación busca garantizar igualdad en el acceso al empleo público y poner fin a privilegios que sobrevivían en la letra de la norma.
El rechazo de los gremios
Sindicatos estatales expresaron su rechazo a la iniciativa y advirtieron que implicará un retroceso en la estabilidad laboral. Según los dirigentes, la introducción de la figura del interino puede abrir la puerta a formas de precarización, mientras que la reducción de indemnizaciones y la eliminación de ciertos mecanismos de reincorporación limitan la protección frente a despidos o sanciones.




