El Poder Ejecutivo de Mendoza envió a la Legislatura la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto Cobre San Romeleo, luego de que la Autoridad Ambiental Minera (AAM), conformada por la Dirección de Minería y la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental del Ministerio de Energía y Ambiente, concluyera el procedimiento de evaluación y aprobara la DIA para la etapa de explotación minera metalífera.
La presentación ante el Poder Legislativo responde a lo establecido por la normativa vigente, que dispone la ratificación legislativa de las Declaraciones de Impacto Ambiental correspondientes a proyectos de minería metalífera comprendidos dentro de ese régimen.
La ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre, sostuvo que el proyecto atravesó todas las etapas contempladas en el procedimiento de evaluación ambiental. Según explicó, participaron organismos técnicos, científicos, académicos, provinciales y municipales, además de una Audiencia Pública que contó con una amplia intervención ciudadana y en la que, de acuerdo con lo informado por la funcionaria, más del 90% de las expresiones fueron favorables al emprendimiento.
Latorre señaló además que la DIA concentra los resultados de ese proceso e incorpora las condiciones y obligaciones que deberán observarse durante las diferentes fases de desarrollo del proyecto.



La funcionaria también remarcó que se trata de una iniciativa de pequeña escala y destacó su relación con otra actividad productiva considerada estratégica para Mendoza. En ese sentido, explicó que el emprendimiento apunta a generar en la provincia materia prima destinada a la producción de sulfato de cobre, utilizado especialmente en la agricultura y en la vitivinicultura.
En tanto, el ministro de Producción, Rodolfo Vargas Arizu, planteó que San Romeleo representa un caso en el que la actividad minera y la agricultura pueden desarrollarse de manera complementaria y aportar valor a diferentes sectores de la matriz productiva mendocina.
Vargas Arizu agregó que la producción local de parte de los insumos requeridos por la agricultura permitiría avanzar hacia una matriz productiva más integrada, generar movimiento económico y disminuir la dependencia de proveedores externos.
Evaluación ambiental y participación ciudadana
El proceso de evaluación ambiental de Cobre San Romeleo se llevó adelante a través del expediente EX-2022-06032664-GDEMZA-DMI#MEIYE, bajo el marco establecido por la Ley 5961, el Decreto 820/06 y el resto de las disposiciones ambientales y mineras aplicables.
Como parte del procedimiento se incorporó el Dictamen Técnico elaborado por la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria (FCAI) de la Universidad Nacional de Cuyo. También se sumaron dictámenes e informes elaborados por organismos sectoriales con competencia específica.
Las observaciones y recomendaciones surgidas durante la evaluación fueron respondidas por el proponente y posteriormente analizadas por las distintas entidades que intervinieron en el proceso.
El director de Gestión y Fiscalización Ambiental, Leonardo Fernández, explicó que el Informe de Impacto Ambiental fue analizado de manera integral. El proceso incluyó el dictamen de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria de la UNCuyo y la participación de los organismos sectoriales según las competencias de cada uno.
De acuerdo con Fernández, las observaciones efectuadas durante la evaluación fueron examinadas y las condiciones ambientales que surgieron de ese análisis quedaron incorporadas a la Declaración de Impacto Ambiental. Estas disposiciones contemplan obligaciones para las distintas etapas de desarrollo del emprendimiento.
El trámite también contempló diferentes mecanismos de participación ciudadana. Entre ellos se realizaron talleres participativos y una Audiencia Pública en diciembre de 2025, bajo un formato híbrido.
La instancia contó con una modalidad presencial en las inmediaciones del proyecto, en Malargüe, y simultáneamente permitió la participación a través de una plataforma virtual.
Luego de la audiencia, las intervenciones, observaciones y presentaciones realizadas fueron analizadas e incorporadas al Informe Circunstanciado, posteriormente aprobado por la Autoridad Ambiental Minera.
En el proceso también participó la Comisión Evaluadora Interdisciplinaria Ambiental Minera (CEIAM), integrada por representantes de organismos provinciales y municipales, universidades e instituciones científicas.
Formaron parte de esta comisión el INTA, la Municipalidad de Malargüe, la Universidad Tecnológica Nacional, el Departamento General de Irrigación, la Dirección de Áreas Protegidas, la Dirección de Biodiversidad y Ecoparque, la Dirección de Planificación Territorial, la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental, el Consejo Provincial del Ambiente y la Dirección de Minería.
El trabajo desarrollado por la CEIAM concluyó con un Informe Único Final. Las recomendaciones incluidas en ese documento fueron consideradas dentro de la Declaración de Impacto Ambiental, de acuerdo con la etapa de ejecución y desarrollo del proyecto en la que correspondiera aplicarlas.
Cómo será el proyecto Cobre San Romeleo
LABSA SA figura como titular y proponente del proyecto, mientras que la operación estará a cargo de AREX MINING SA. El emprendimiento se encuentra ubicado en el Puesto Aguas de Isaac, en la Quebrada de San Romeleo, distrito Río Barrancas, a unos 160 kilómetros al sur de la ciudad de Malargüe.
El proyecto está planteado como una explotación minera de pequeña escala, con una capacidad de procesamiento estimada en 40 toneladas de mineral por día.
Según los datos presentados por el proponente, el yacimiento posee reservas calculadas en 257.000 toneladas, con una ley promedio de 1,29% de cobre. El horizonte de explotación previsto es de aproximadamente 20 años y la inversión necesaria para poner en funcionamiento el emprendimiento fue estimada en USD 3 millones.
Estos valores son los mismos que aparecen consignados en el resumen ejecutivo del proyecto.
La iniciativa contempla extraer y procesar mineral de cobre con el objetivo de obtener un producto que posteriormente será utilizado como materia prima para fabricar sulfato de cobre y otros fungicidas destinados al uso agrícola, incluidos productos empleados en cultivos orgánicos.
Para el procesamiento se prevé utilizar un sistema de disolución amoniacal de circuito cerrado. Este mecanismo permite recuperar y volver a utilizar los principales reactivos empleados durante el procedimiento.
De acuerdo con la documentación presentada, los gases producidos durante el proceso serán capturados y condensados para luego ser reutilizados en la regeneración de la solución lixiviante. De esta manera, según la información del proyecto, se busca disminuir tanto el consumo de reactivos como la generación de efluentes.
El director de Minería, Jerónimo Shantal, destacó que Cobre San Romeleo plantea una vinculación directa entre una explotación minera de pequeña escala y otras cadenas productivas de Mendoza.
En particular, señaló que el objetivo es producir dentro de la provincia la materia prima necesaria para elaborar sulfato de cobre utilizado por la vitivinicultura y otros cultivos. También remarcó que el proyecto permitiría agregar valor a un recurso mineral provincial y generar actividad económica y contratación de servicios en Malargüe.
Las condiciones ambientales que deberá cumplir
La Declaración de Impacto Ambiental establece un conjunto de obligaciones y mecanismos de control distribuidos en las diferentes etapas del emprendimiento: el período previo a la construcción, la construcción, la explotación, el cierre y el postcierre.
Entre las exigencias fijadas antes del comienzo de las actividades figura la presentación de una Línea de Base Ambiental, que deberá incluir protocolos específicos destinados a la protección de la fauna.
La empresa también tendrá que contar con un Plan de Monitoreo Ambiental para controlar agua, suelo, aire, flora y fauna. A esto se suman un Plan de Monitoreo Social y un Plan de Contingencias.
Otra de las obligaciones consiste en constituir una garantía suficiente que permita asegurar la recomposición frente a eventuales daños ambientales.
El cuidado del recurso hídrico ocupa un lugar destacado entre las condiciones establecidas en la DIA. Antes de iniciar la construcción, la empresa deberá obtener el permiso correspondiente para utilizar agua por parte del Departamento General de Irrigación.
También deberá presentar información e ingeniería relacionada con las instalaciones del emprendimiento, los mecanismos de impermeabilización, el tratamiento y manejo de efluentes, el traslado de fluidos, el consumo de agua y su eventual reutilización, además de las medidas destinadas a prevenir derrames.
La DIA contempla, asimismo, la obligación de presentar la ingeniería de las principales instalaciones del proyecto. Entre ellas se encuentran el dique de colas, las escombreras y la pileta de mineral agotado, junto con los respectivos sistemas de impermeabilización, drenaje y contención.
A su vez, se deberán realizar estudios específicos destinados a determinar el potencial de lixiviación y la movilidad de metales, así como su eventual incidencia sobre el recurso hídrico.
Durante la construcción y la posterior explotación tendrán que ejecutarse los programas de monitoreo establecidos para aguas superficiales y subterráneas, calidad del aire, suelos, flora y fauna.
También deberán realizarse controles vinculados con el ruido y con los demás componentes ambientales incluidos en los planes aprobados.
La empresa deberá mantener registros sobre el consumo de agua y cumplir con los programas previstos para el manejo de efluentes y la respuesta frente a eventuales contingencias.
Las exigencias ambientales no finalizarán cuando termine la etapa productiva. La empresa deberá elaborar y poner en marcha un Proyecto de Clausura Técnica y Cierre Ambiental, además de un Plan de Monitoreo Ambiental Post Cierre.
Este último tendrá una duración mínima de cinco años. Sin embargo, ese período podrá prolongarse en función de los resultados de los controles y de la evolución de las condiciones ambientales existentes en el lugar.
La Declaración de Impacto Ambiental determina que todas las actividades deberán ajustarse al Informe de Impacto Ambiental que fue evaluado, así como a las condiciones, instrucciones y medidas incorporadas durante el procedimiento.
El emprendimiento también quedará bajo seguimiento y fiscalización de la Autoridad Ambiental Minera y de la Policía Ambiental Minera. Esto será independiente de los controles que puedan corresponder a otros organismos dentro de sus respectivas competencias.
La resolución establece además que las autoridades encargadas de la fiscalización tendrán libre acceso a las instalaciones del proyecto.
Con el envío del proyecto de ley a la Legislatura provincial, la Declaración de Impacto Ambiental de Cobre San Romeleo inicia ahora la instancia de tratamiento legislativo. La aprobación definitiva quedará supeditada a la ratificación por parte de la Legislatura, tal como establece la normativa vigente para este tipo de proyectos.





